¿Qué es el autoconsumo colectivo?
En el autoconsumo colectivo a diferencia de los autoconsumos individuales es un tipo de instalación fotovoltaica que permite a un grupo de personas situadas hasta 2 km de la instalación fotovoltaica compartir la energía producida en la instalación.

¿Cómo funciona el autoconsumo colectivo?
Un autoconsumo colectivo te permitirá realizar una instalación fotovoltaica en una localización concreta y compartir la energía con todos consumidores que queráis hasta 2 km de distancia.
Simplemente os tendréis que poner de acuerdo entre varios particulares/empresas/comunidad de vecinos para realizar una instalación fotovoltaica compartida y una vez que la instalación esté finalizada, la energía se repartirá entre los diferentes participantes.
Nuestros Instalaciones de Autoconsumo colectivo más comunes
EN TU COMUNIDAD DE VECINOS
Podréis incluir los consumos de los vecinos como de las diferentes zonas comunes, incluyendo los consumos de los puntos de recarga de vehículos eléctricos.
EN CUALQUIER CUBIERTA DISPONIBLE
Además, podrás compartir la energía con diferentes consumidores situados hasta 2 km de distancia.
¡No necesitarás una cubierta propia!
Para el reparto de energía se preparará un coeficiente de reparto que definirá el porcentaje de energía que se reparte a cada uno de los participantes. Este coeficiente de reparto deberá ser de mutuo acuerdo entre todos los participantes.
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Preguntas Frecuentes
En un autoconsumo individual la energía producida únicamente para tu instalación eléctrica, mientras que en el autoconsumo colectivo podrás repartirla con diferentes consumidores situados hasta 2 km.
Si bien los trámites a seguir entre ambas tipos de instalaciones son diferentes, al ser una entrega de la instalación con llave en mano, Moneleg S.L se encargará de toda la documentación y procedimientos a seguir.
Si, se puede realizar el cambio de una instalación individual a una instalación colectiva siendo necesario el cambio de algunos elementos de la instalación y la realización de algunos trámites burocráticos.
Sí, siempre que esté a 2 km de distancia, esté en la misma referencia catastral o conectado al mismo centro de transformación.
Si, siempre y cuando se cumplan con las condiciones establecidas anteriormente.
Sí, siempre y cuando el autoconsumo individual sea de la misma modalidad que el autoconsumo colectivo a instalar (por ejemplo, con excedentes y compensación).

El acuerdo entre los diferentes propietarios será totalmente de interés particular, pudiendo establecer el tipo de acuerdo que deseéis.
Moneleg S.L preparará toda la documentación referida a la tramitación con los órganos competentes, entre ellos un acuerdo de reparto de la energía entre cada uno de los participantes que deberéis firmar.
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